reclamación previa

RECLAMACIÓN PREVIA: ¿SE PUEDE DEMANDAR A LA COMPAÑÍA DE SEGUROS SIN PRESENTARLA?
 El artículo 7 de la ley 35/2015 dispone que  “El perjudicado o sus herederos tendrán acción directa para exigir al asegurador la satisfacción de los referidos daños, que prescribirá por el transcurso de un año. No obstante, con carácter previo a la interposición de […]