SI ME HAN IMPUESTO UNA MULTA DE TRAFICO, ¿CÓMO PUEDO PAGARLA? 

Si le han multado, puede realizar el pago reducido (50% del importe) en un plazo de 20 días naturales desde la notificación, excepto para las multas por no identificar al conductor. Finalizado el plazo, ya no podrá acogerse al descuento y el procedimiento sancionador continua según lo establecido en la Ley de Tráfico y Seguridad vial. 

La multa de tráfico se puede abonar con tarjeta de crédito o de débito (Visa, Mastercard o Maestro) o dinero en efectivo. 

Los medios de pago más utilizados son:

  • Internet. A través de la Nueva Sede Electrónica de la DGT. Necesitará el número de expediente y la fecha de la multa.
  • Tráfico. En cualquier oficina de Tráfico, solo con tarjeta bancaria.
  • 060. Por teléfono, puede pagar con tarjeta bancaria.
  • Banco. En sucursales y cajeros de Caixabank, con tarjeta y en efectivo.
  • Correos. En las oficinas de Correos, con tarjeta y en efectivo, abonando una tasa adicional de 2,25€ más el 1,5% del importe de la multa.
  • En carretera. Si un agente de la Guardia Civil de Tráfico le para en carretera para notificarle una sanción, puede pagarla con tarjeta bancaria en ese momento y se le aplicará el descuento correspondiente.

¿Quién puede pagarla?

Cualquier persona puede realizar el pago de una multa de tráfico (si es con tarjeta, debe ser su titular). Si es una persona distinta a la que ha cometido la infracción, deberá estar autorizada e identificarse. 

¿Y si es en el extranjero?

En el caso de que nos hayan multado en el extranjero puede implicar además de la sanción económica la pérdida de puntos en el permiso. Si recibe en su domicilio la notificación de multa de tráfico de otro país puede abonarla por el medio en que se le notifique. Según el tipo de infracción (drogar, alcohol, velocidad…) pueden tener tratamiento penal y conllevar un proceso judicial. En relación con lo anterior, hay países en que las multas de tráfico no caducan y no se abonan en el plazo correspondiente, pueden seguir ser reclamadas con posterioridad.

En caso de duda consulte con su abogado de confianza.