Delito de abandono del lugar del accidente

Con la nueva reforma del Código Penal en el año 2019, se han introducido varios tipos delictivos como es el delito de abandono del lugar del accidente tras producirse un siniestro de circulación el cual aparece en el art. 382 bis del Código Penal.

En dicho precepto se regula que “ El conductor de un vehículo a motor o de un ciclomotor que, fuera de los casos contemplados en el artículo 195, voluntariamente y sin que concurra riesgo propio o de terceros, abandone el lugar de los hechos tras causar un accidente en el que fallecieran una o varias personas o en el que se le causare lesión constitutiva de un delito del artículo 152.2, será castigado como autor de un delito de abandono del lugar del accidente. Los hechos contemplados en este artículo que tuvieran su origen en una acción imprudente del conductor, serán castigados con la pena de prisión de seis meses a cuatro años y privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores de uno a cuatro años. Si el origen de los hechos que dan lugar al abandono fuera fortuito le corresponderá una pena de tres a seis meses de prisión y privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores de seis meses a dos años”

¿Es lo mismo que la omisión del deber de socorro?

No hay que confundir este delito con el delito de omisión del deber de socorro que aparece en el art. 195 del Códgio Penal en el cual se recoge que “El que no socorriere a una persona que se halle desamparada y en peligro manifiesto y grave, cuando pudiere hacerlo sin riesgo propio ni de terceros, será castigado con la pena de multa de tres a doce meses (…)”

¿Qué circunstancias tienen que darse para delito de abandono del lugar del accidente?

En conclusión, para ser condenado por un delito de abandono del lugar del accidente es necesario que el conductor del vehículo sea el que causó el accidente, quedando excluídos los ocupantes de éste o terceros que meramente presenciaran el siniestro. Asimismo, es necesario que a resultas del accidente de tráfico una o varias personas resulten fallecidas o bien con las lesiones contempladas en el 152.2 Código Penal.